Los desfibriladores en los centros comerciales

¿Qué es un centro comercial? Se puede definir un Centro Comercial como un conjunto de establecimientos comerciales independientes, planificado y desarrollado con criterio de unidad, que dispone permanentemente de una imagen y gestión unitaria.

Evaluación de riesgos en el centro comercial en relación a paradas cardiorespiratorias:

  • Gran concentración de personas en un lugar cerrado.
  • Situaciones de estrés o ansiedad por volumen excesivo de personas.
  • Diversidad de perfiles: niños, adultos, personas de la tercera edad.
  • Actividades: algunos centros comerciales pueden realizar actividades de ocio como baile, conciertos.
  • Variedad de servicios: restauración, cines, bolera, tiendas, etc.
  • Parques infantiles.

La normativa autonómica obliga según estos criterios:

  • Andalucía, Decreto 22/2012, artículo 3: Las grandes superficies minoristas. No dice nada más. Para ello hay que ir a la definición de gran superficie minorista: todo establecimiento de carácter individual o colectivo en el que se ejerza la actividad comercial minorista y tenga una superficie útil para la exposición y venta al público superior a dos mil quinientos metros cuadrados. Por tanto, todo centro comercial que supere los 2.500 metros cuadrados de superficie útil, deberá tener un desfibrilador.
  • Cataluña, Decreto 30/2015, anexo III: Actividades en recintos en que se dé con capacidad o aforo igual o superior a 2.000 personas.
  • Canarias, Decreto 157/2015, artículo 6: Grandes establecimientos comerciales y centros comerciales. Aquí tenemos que acudir al Decreto Legislativo 1/2012 de Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la licencia comercial. Según la zona, el criterio varía para definir un gran establecimiento comercial:
  1. en Gran Canaria y Tenerife: 2.500 m2;
  2. en Lanzarote: 1.650 m2;
  3. en Fuerteventura: 1.250 m2;
  4. en La Palma: 1.000 m2;
  5. en La Gomera y El Hierro: 500 m2.
  • País Vasco, Decreto 9/2015, artículo 3: Los grandes establecimientos comerciales, individuales y colectivos. De nuevo, estamos obligados a ir al apartado de definiciones para ver que los grandes establecimientos comerciales son todos aquellos que tengan una superficie edificada superior a 700 metros cuadrados. Por tanto, el centro comercial que supere los 700 metros cuadrados está obligado.
  • Asturias: Decreto 54/2016, artículo 3: Los centros comerciales, individuales y colectivos, que tengan una superficie edificada para la exposición y venta al público superior a 2.500 metros cuadrados.
  • Madrid, Decreto 78/2017, artículo 3: Los grandes establecimientos comerciales, individuales o colectivos, cuya superficie comercial de exposición y venta sea superior a 2.500 m2.
  • Valencia: Decreto 159/2017, no los menciona
  • Extremaura: Decreto 16/2019, artículo 3: Centros y equipamientos comerciales, individuales o colectivos, con una superficie de venta igual o superior a 2.500 m2. En caso de estar distribuidos en varias plantas, se deberán instalar al menos dos DEA, uno en la planta baja y otro en la planta superior. En el caso de equipamientos comerciales colectivos, se deberá instalar un DEA adicional en cada establecimiento comercial del mismo que iguale o supere los 2.500 m2 de superficie de venta.
  • Aragón: Decreto 30/2019, anexo V: Grandes superficies (establecimientos comerciales, individuales o colectivos, que tengan una superficie de más de 2500 m2).
  • Cantabria: Orden SAN/82/2018, artículo 3: Los centros comerciales, individuales y colectivos, definidos como el establecimiento en el que se ejerza la actividad comercial minorista y que tenga una superficie edificada superior a 500 m2 (añadiéndose uno más por cada 1.000 m2).
  • Navarra: Decreto Foral 6/2019, artículo 3: Centros comerciales constituidos por un conjunto de establecimientos comerciales situados en uno o en varios edificios conectados, que sumen una superficie comercial útil superior a 2.000 metros cuadrados.

Las demás comunidades no legislan la obligación de instalar un desfibrilador.

Un aspecto a tener en cuenta es el tamaño de los centros comerciales, pues muchos no solo tienen dos o tres plantas sobre rasantes, si no que incluyen tres o cuatro plantas bajo rasante para parking. Esto nos debe plantear la cuestión de que ocurriría con una emergencia en la planta -3 teniendo el desfibrilador en la planta 1. ¿Daríamos respuesta en esos primeros cinco minutos vitales?

Los centros comerciales no son centros de venta al público, en muchos casos son centros sociales, centros que forman parte de una comunidad y como tal, dar el servicio de cardioprotección puede dar un valor añadido a la zona.

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