Las preguntas sobre el uso de desfibriladores externos automáticos (DEA) o semiautomáticos (DESA) en España tocan aspectos legales y éticos que están parcialmente cubiertos por la legislación, pero que aún plantean cuestiones abiertas. Analizamos y aclaramos algunas cuestiones:
- ¿Qué pasa si se aplica una descarga en un “mal momento” o de manera incorrecta? Los DEA/DESA están diseñados para ser seguros y, en general, no permiten la descarga si no detectan un ritmo cardiaco susceptible de desfibrilación. Sin embargo, en caso de que ocurra una descarga inadecuada, la responsabilidad legal depende de varios factores: si el operador estaba capacitado (según la normativa de su Comunidad Autónoma) y si se siguieron las instrucciones del aparato. En principio, el uso de desfibriladores en situaciones de emergencia para ayudar a salvar una vida está amparado por el «principio de buena fe» y la protección legal hacia el «socorrista» (persona que interviene).
- ¿Qué sucede si se deja una secuela o si el paciente fallece? En España, la responsabilidad por daños en caso de que el DEA/DESA cause secuelas o fallecimiento se vería afectada por el contexto en el que se utiliza. Si quien socorre ha actuado con la formación requerida, la responsabilidad penal sería mínima o inexistente. Además, la Ley de Autonomía del Paciente y la jurisprudencia española suelen respaldar a la persona que realiza la reanimación en un contexto de emergencia. El uso de estos dispositivos en una emergencia suele interpretarse legalmente como una acción en favor de la vida del paciente.
- ¿Quién carga con las responsabilidades de un “mal final”? La responsabilidad varía:
- Socorrista: En situaciones de buena fe y emergencia, quien utiliza el DEA/DESA tiene en principio protección legal.
- Propietario del DEA/DESA: Las empresas y centros donde están instalados pueden tener algún grado de responsabilidad si no cumplen con la normativa de mantenimiento o señalización adecuada, y si no disponen de personal capacitado en su uso. Destacar que aquí se habla de PROPIETARIO. En nuestras instalaciones, y el hecho diferencial de Cordis Group, es que el propietario del DEA es Cordis Group y así firmamos en la declaración de responsabilidad, por tanto, a nivel legal, el responsable es Cordis Group.
- Fabricante: Si el aparato presenta defectos o mal funcionamiento, el fabricante podría tener responsabilidad en caso de reclamación. En el caso de secuelas o muerte, el socorrista no suele ser responsabilizado salvo que haya habido negligencia grave.
- ¿Se puede acusar a alguien por utilizarlo mal o no salvar al paciente? En principio, la ley en España protege a los socorristas que, actuando de buena fe, intentan salvar una vida. Si el socorrista estaba capacitado y cumplió con el protocolo, es poco probable que enfrente cargos, aunque la intervención no logre salvar al paciente o cause secuelas. Sin embargo, en el improbable caso de que haya una negligencia grave —por ejemplo, que alguien sin conocimiento básico manipule el aparato de forma imprudente—, aún así se ampara bajo el principio de buena fe, de buen samaritano y el deber de socorrer, recogido en el código penal.
En general, el uso de desfibriladores en emergencias está protegido bajo el concepto de «socorro de emergencia». La normativa en las distintas Comunidades Autónomas exige formación a quienes utilizan estos dispositivos en entornos profesionales, y esa formación también les proporciona una protección adicional en caso de resultado adverso. También es cierto que algunos Decreto de Comunidades Autónomas han incluido el apunte de que a falta de personal formado, puede utilizarse por cualquier persona, bajo las indicaciones del 112. De esta manera, la normativa ya excluye de responsabilidad a cualquier interviniente.